En Costa Rica, está prohibido el fumado de cualquier tipo (incluso cigarrillos electrónicos) en las habitaciones (incluidos los balcones de las habitaciones) y áreas públicas, por la Ley Gubernamental #9028.
En marzo de 2012, Costa Rica aprobó una de las normas de fumado más estrictas del mundo. Esta legislación ha prohibido fumar en autobuses, taxis, trenes y sus terminales, lugares de trabajo, edificios públicos, hoteles, restaurantes, bares, casinos y todos los edificios cerrados de acceso público, sin excepciones (no se permiten "áreas para fumadores" separadas). Los infractores serán multados con un mínimo de 180.000 colones (US$355).